Registro de Marca, Producto, Patente, Invento, Derecho de Autor , que se registra y como se registra en Venezuela

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 Los Inventos, El ingenio, la Creación del hombre, se protege y se registra,  y asegura a su creador la explotación  y propiedad de dicho invento por un tiempo determinado, El Escritorio Jurídico  Caceres Sivira & Asociados, cuenta con un departamento especializado en la tramitación y  Registra su Marca producto o invento desde cero, En Venezuela se protegen los derechos de los inventores, descubridores e introductores sobre las creaciones, relacionados con la industria y Los productores, fabricantes y comerciantes sobre las frases o signos especiales que adopten para distinguir su trabajo o actividad.

 Al creador se le otorgara una Patente, por inventos, mejoras, modelos o dibujos industriales. 

Certificados de Registro se otorga a los propietarios, de Marcas, Lemas, Denominaciones Comerciales

En Cuanto al Derecho de Autor: se protege todas las obras de ingenio, por toda la vida, y a los sesenta (60)  años después de la muerte de su autor,  sean de índole literaria, científica o artística, cualquiera que sea genero, forma de expresión, merito o destino.

Por ejemplo:  Libros, folletos, y otros escritos literarios, artísticos y científicos, incluidos los programas de computación, así como su documentación técnica y manuales de uso; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza, obras dramáticas, o dramático-musicales, obras coreográficas, y pantomímicas cuyo movimiento, escénico se halla fijado por escrito o en otra forma; las composiciones musicales con o sin palabras; las obras cinematográficas y además obras audio vuales expresadas por cualquier procedimiento, las obras de dibujo pintura, arquitectura, grabado o litografiad, las obras de arte aplicado que no se meros modelos y dibujos  industriales; Las ilustraciones y cartas geográficas, planos, obras plásticas y croquis relativos a la geografía, a la topografía arquitectura o ciencia;

  ¿Cómo realizar la fusión y/o licencia de uso de una Marca?

 La licencia de uso: es otorgada por el titular de una marca registrada, a favor de un tercero para que este, con su permiso y autorización, utilice la marca.

La Fusión: se realiza cuando dos o mas sociedades preexistentes, se unen y constituyen una nueva, se absorben unas a las otras creando una nueva sociedad mercantil.

 MODALIDADES DE PATENTE

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Dibujos Industriales:

Se entiende por toda disposición o unión de líneas, de colores y de líneas y colores destinadas a dar a un objeto industrial cualquiera una apariencia especial.

 
Modelos Industriales:

 Se entiende por toda plástica combinada o no con colores, y todo objeto o utensilio industrial, comercial o doméstico que pueda servir de tipo para la producción o fabricación de otros y que se diferencien de sus similares por su forma o configuración distinta.

Patente de Mejoras:

Son aquellas que hacen referencia a modificaciones que se realizan a los productos que ya se conocen y que le permiten alcanzar una mejor función ó funciones distintas a las conocidas.

 Patente de Invención:

Son todas aquellas soluciones técnicas a un problema específico que se manifiestan en un nuevo  producto o un nuevo procedimiento.

International Standard Book Number (ISBN)

ISBN son las siglas que identifican en inglés al International Standard Book Number, cuya traducción al español es Número Internacional Normalizado para Libros. Se trata de un sistema internacional de numeración que tiene como función principal la identificación de los libros y que se utiliza en el sector editorial desde hace aproximadamente cuatro décadas. En casi todos los países del mundo se emplea el ISBN, ya que resulta funcional y altamente confiable. El sistema permite identificar cada obra publicada, mediante la adjudicación de un número exclusivo a esa edición.

La obtención del ISBN resulta un beneficio para los creadores, productores y comercializadores, puesto que facilita el control de inventarios; permite la asignación del código de barras, que es utilizado en los puntos de venta con terminal electrónico del mundo entero, y hace más sencilla la identificación de los libros, dentro y fuera del país, lo cual agiliza el comercio nacional e internacional.

En Venezuela ante quien se Registra:

ante el Servicio Autonomo de Propiedad Intelectual  (SAPI)

¿Qué es el SAPI?

Es el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), un organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio, que ejerce la competencia que sobre la propiedad intelectual le corresponde al Estado Venezolano, en materia de Derecho de Autor, Marcas y Patentes. El SAPI, fue creado mediante el Decreto N° 1.768 25 de marzo de 1997, publicado en la Gaceta Oficial N°. 36.192 de fecha 24-04-97; entra en funcionamiento el 01 del mayo del 1998 según Resolución Ministerial Nº 054 del 07-04-1998, publicada en la Gaceta Oficial Nº 36.433 de fecha 15-04-98.

La creación del SAPI, ha permitido unir bajo una misma organización la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor. Esta fusión ha hecho posible agilizar y optimizar el proceso de registro, protección y difusión de las creaciones del intelecto humano bajo los diversos esquemas que operan actualmente en el Sistema Venezolano de Propiedad Intelectual.

 De qué se ocupa el Sapi

De todo lo referente al Registro de Propiedad Intelectual, lo que comprende la administración de la concesión de derechos a los inventores sobre sus creaciones, a través de las patentes de invención, mejoras, dibujos y diseños industriales; a los comerciantes o personas naturales sobre los signos que utilizan para distinguir sus productos y servicios en el mercado, mediante las marcas, denominaciones comerciales y lemas comerciales; el registro, fiscalización e inspección sobre los derechos de autor y los derechos conexos, en el ámbito administrativo.

 Objetivos del SAPI

  • Proporcionar seguridad jurídica a través de la tutela de la Propiedad Intelectual sobre obras artísticas, científicas, tecnológicas, patentes, denominaciones de origen, variedades vegetales, marcas y otros signos distintivos.
  • Promocionar el desarrollo de la sociedad del conocimiento mediante la difusión de la información sobre la propiedad intelectual, con el objeto de facilitar la transferencia tecnológica a los sectores productivos y de innovación.
  • Coadyuvar en la protección y defensa de la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos tradicionales, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas y comunidades locales asociados al uso y conservación de la diversidad biológica.
  • Incentivar la creación intelectual protegiendo el Derecho de Autor sobre las obras.
  • Cooperar y negociar en el ámbito local, regional y mundial, con los Estados, las organizaciones y los pueblos, para la protección y desarrollo de la propiedad intelectual de acuerdo con los principios fundamentales de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela.
  • Fortalecer a la economía social con el instrumento de las marcas colectivas.
  • Coordinar la administración de los convenios nacionales e internacionales para la consolidación del SistemaNacional de la Propiedad Intelectual y suscripción de nuevos compromisos.
  • Promover el Uso de Tecnologías y Creaciones Artísticas Libres.

Como se registra: 

Una vez seleccionado el signo o marca que se aspira proteger, se realiza  una búsqueda en el que se genera un reporte de los antecedentes que existen sobre el signo o marca solicitada. (LPI, Art° 7)

 Fonética: Este tipo de búsqueda se realiza por nombre y clase. Indica tanto las marcas registradas como las que están en trámite.

Gráfica: Es una búsqueda que se realiza con la finalidad de conocer los antecedentes de una marca gráfica o logo. Al solicitarla deberá presentar el logo o diseño en un tamaño de 5 x 5 cm.

El solicitante deberá adquirir en las oficinas del SAPI, la Planilla FM-02, la carpeta (producto y/o servicio o lema comercial o denominación comercial) y por último, deberá cancelar la tasa por concepto de solicitud de marca por un valor de 0,1 U.T.

Elementos que conforman una solicitud de registro de marcas:

-  Timbre Fiscal Nacional

-  Comprobante de tasa por concepto de solicitud de marca.

-  Carpeta de producto y/o servicio o lema o denominación comercial.

 -  Planilla FM-02 debidamente llena con su respectiva clase nacional e internacional.

  - En caso de una solicitud de marca gráfica o mixta, deberá consignar ocho (8) facsímeles de 5x5, acompañado de una breve descripción del elemento figurativo en hoja aparte.

  - Un poder (en caso de apoderado), en original y una (1) fotocopia. Cuado fuere internacional legalizado y traducido por intérprete público, jurado y debidamente notariado.

  - Búsquedas de antecedentes.

Una vez consignado los recaudos, el SAPI:

  • Procesa la solicitud,
  • Ordena la publicación en prensa,
  • Publica la marca como solicita,
  • Espera un lapso de 30 días para oposiciones,
  • Realiza el examen para la concesión,
  • Publica la concesión en el Boletín de la Propiedad Intelectual. y
  • Expide el certificado de Registro

Es importante cuando existen oposicion ejercer el recurso correspondiente contestando en tiempo oportuno con escrito fundamentado ante el organismo competente.

Recuerde que no solo basta con efectuar el Registro, ademas es importante protegerlo ante terceros que lo usen sin su consentimiento, efectuando oposiciones y acciones con mejor derecho.

A traves de este  portal usted pueda dar inicio de su Registro, pues nuestro personal especializado en esta area Tramitara dicho registro ante el organismo competente, desde cero, o desde la fase en que se encuentre.           ver tramites y tarifas

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